A partir de ahora, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) exigirá a las empresas que deseen ceder datos de sus clientes para enviarles publicidad de terceras partes que sean más explícitas en la descripción de los fines de estos datos.
Concretamente, ya no será válido el consentimiento de los clientes obtenido a través de cartas que contengan la frase “envío de publicidad propia o de terceros”, sino que tendrán que aportar detalles más concretos. Un ejemplo de solicitud de consentimiento inadecuada son las cartas enviadas por Auna a sus clientes, en las que se señalan que los datos se utilizarán, por ejemplo, “para el envío de publicidad personalizada o no, propia o de terceros”.
Además, la empresa exige que la negación del consentimiento se realice por correo e incluyendo una fotocopia del DNI, lo cual no está recogido por ninguna ley. Sin embargo, la Agencia sólo ha realizado una valoración inicial de la carta, a la que debería seguir un examen exhaustivo si se procediera a denunciar el caso.














