EL NUEVO REGLAMENTO DE SERVICIOS POSTALES,
UN PASO ATRÁS PARA LOS GRANDES USUARIO
El Reglamento de Servicios Postales amenaza con convertirse en una
barrera al uso de la Publicidad Directa -uno de los pocos productos
rentables de Correos- al confundir productos postales diferentes y dejar
a la arbitrariedad de los funcionarios de Correos la distinción entre
dos servicios tan dispares como la Carta y la Publicidad Directa, nos informan desde la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD).
El Reglamento de Servicios Postales ultimado en estos días por el
Ministerio de Fomento, en el que se confunde el producto Publicidad
Directa con la Carta, cuando son diferentes por calidad de servicio,
precio y especificaciones, con la excusa de que es la única manera de
dar acceso a los grandes usuarios de Correos al Servicio Universal.
El coste de este servicio es el doble que el de la Publicidad Directa,
exige un tratamiento distinto en el tipo de sobre -abierto o no para
inspección postal-, una calidad diferente -menor plazo de entrega- y no
implica el tratamiento y clasificación previa por parte de la empresa
responsable del envío. En vez de aplicar a la Publicidad Directa unas
tarifas que rentabilicen el Servicio Universal en este producto -no
puede ser tan descabellado cuando por lógica el 80% o 90% de los envíos
masivos van dirigidos a grandes poblaciones- se opta por aportar más
confusión y arbitrariedad a la ya de por sí confusa y arbitraria
normativa de Correos para los servicios a grandes usuarios.
En el redactado actual del Reglamento, la decisión sobre si un tipo de
envío es Publicidad Directa o Carta queda totalmente sometida a la
arbitrariedad del funcionario de Correos que en cada caso admita el
envío, por lo menos hasta que se apruebe el Plan de Prestación de
Servicios de Correos, que teóricamente deberá definir en qué criterios
se fundamentará la clasificación de un envío publicitario como
Publicidad Directa o como Carta. Dos productos perfectamente definidos y
diferenciados tanto en la Ley española como en la Directiva europea,
pero que milagrosamente se han convertido en uno sólo merced al
reglamento, cuando se refiere a la «publicidad directa bajo la
modalidad de carta».
Este cambio de postura en la definición de los servicios postales se
fraguó en Diciembre, cuando inesperadamente se introdujo a través de la
Ley de Acompañamientos de los Presupuestos Generales del Estado -por
supuesto sin previo aviso ni consulta a los implicados- una modificación
en el texto legal que implica, en la practica, la posibilidad de acabar
con un producto de Correos, la Publicidad Directa, que paradójicamente
resulta ser de los pocos servicios rentables del operador hasta hace
poco monopolístico. Además, al modificar la Ley para excluir a la
Publicidad Directa del Servicio Universal se contradice la Directiva
europea de liberalización de servicios postales, que incluye
explícitamenteeste producto postal dentro del Servicio Universal.
Al dividir el tráfico postal entre dos productos diferentes en función
del destino se marginará a los habitantes de las poblaciones «menos
rentables» a pesar de que Correos tiene la única red de distribución
capaz de dar servicio a esas poblaciones, puesto que difícilmente las
empresas van a costear dos tipos de envío diferenciados -no sólo es más
caro el franqueo, además habrá que diseñar sobres y paquetes diferentes-
cada vez que hagan un mailing. A pesar del mandato de la Directiva
europea «los Estados miembros garantizarán a los usuarios el derecho a
un servicio universal que corresponda a una oferta de servicios postales
de calidad prestados de forma permanente a todos los puntos del
territorio» se marginará del acceso a la información comercial y de la
posibilidad de la compra a distancia precisamente a aquellos españoles
que, debido a su lugar de residencia, menos acceso tienen a determinados
bienes y servicios.
Seguimos a la espera de conocer y ofrecerles la reclamada postura oficial, respecto al tema, de Correos. Se la transmitiremos si nos llega.
Para más información: PD&BD: Iva Anguera Tel. 93 240 40 70 e-mail:
iva@fecemd.org
Mª Mar Moya-Angeler: 93 240 40 74 / 609 68 65 39 e-mail
mar@fecemd.org