Demandan a Starbucks porque la fruta brilla por su ausencia en sus bebidas de fruta
Starbucks afronta una demanda por la ausencia de fruta en sus (embusteras) bebidas de fruta
En EE.UU. los consumidores han decidido iniciar una demanda colectiva contra Starbucks porque se sienten engañados por los ingredientes de sus bebidas de frutas Refreshers.
¿Debe estar el mango inexcusablemente presente en una bebida que incluye en su denominación el nombre de esta fruta? Al otro lado del charco los tribunales dirimirán próximamente esta cuestión. En Estados Unidos los consumidores han decidido iniciar una demanda colectiva contra Starbucks porque se sienten engañados por los ingredientes alojados en las entrañas de sus bebidas de frutas Refreshers, donde brillan paradójicamente por su ausencia las frutas (al menos aquellas que prestan su nombre a los brebajes de marras).
El desencadenante de la demanda colectiva que Starbucks es que algunas de las bebidas de frutas comercializadas por la multinacional estadounidense no contienen al parecer el ingrediente principal elegido por la compañía para bautizarlas.
Starbucks se ha rebelado lógicamente contra la demanda colectiva, pero John Cronan, juez de distrito en Manhattan, ha desestimado su solicitud. Al fin y al cabo, recalca el magistrado, si una bebida hace alusión en su nombre a una fruta específica, está debería formar parte de su lista de ingredientes. De lo contrario, la compañía (Starbucks) estaría incurriendo en un caso de publicidad engañosa.
Los consumidores se lamentan, entre otras cosas, que no haya mango en la bebida Mango Dragonfruit Lemonade, y de que la fruta de la pasión esté asimismo ausente en Pineapple Passionfruit Lemonade.
Los demandantes solicitan a Starbucks una indemnización de 5 millones de dólares
Quienes están al frente de la demanda, Joan Kominis (Nueva York) y Jason McAllister (California) aseguran que los ingredientes principales de ambas bebidas son el agua, el zumo concentrado de uva y el azúcar. Y denuncian que sus nombres resultan engañosos y se traducen a la postre en precios inflados. Además, insisten, esta práctica viola las normas de protección del consumidor actualmente vigentes en sus respectivos estados.
Starbucks argumenta que los nombres elegidos para sus bebidas de frutas Refreshers describen el sabor del producto y no sus ingredientes. La compañía asevera que los sabores aparecen anunciados como tales en la carta de bebidas de Starbucks y que en caso de confusión su clientela tiene siempre la opción de consultar a los empleados de sus establecimientos.
Sin embargo, el juez Cronan sostiene que, a diferencia de lo que sucede con el término «vainilla», no hay nada que sugiera que «mango» y «fruta de la pasión» hagan referencia única y exclusivamente a sabores específicos (sin necesidad de que el producto contenga estas dos frutas en su lista de ingredientes).
La denominación elegida por Starbucks para sus bebidas de frutas Refreshers lleva asimismo a la confusión, sostiene el magistrado. Al fin y al cabo, otros productos de la carta de Starbucks sí contienen realmente los ingredientes referenciados en su nombre. El Ice Match Tea Latte contiene efectivamente té match, mientras que la bebida Honey Citrus Mint Tea está elaborada con miel y menta.
Los demandantes, a quienes representa el abogado Robert Abiri, solicitan a Starbucks una indemnización por daños y perjuicios de al menos cinco millones de dólares.