Descuento por aplazamiento
Habitualmente, el pago a 60 días o menos no conlleva recargo alguno, bajo la condición de que el comprador garantice el cobro o merezca la confianza comercial del proveedor. En el caso de un aplazamiento superior, suele aplicarse un recargo con arreglo a una determinada escala progresiva. Tanto en uno como en otro caso, el deudor correrá, en su caso, con el importe de las letras de cambio y con los costes financieros que se irroguen.
Fuente: Diccionario LID de Marketing Directo e Interactivo