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¿Pueden los pasajeros afectados por el apagón reclamar a las compañías los gastos de comida y alojamiento?

España apagón. Trenes y aviones

Escrito por Valeria Rodriguez

Los pasajeros afectados por el apagón pueden exigir a trenes y aerolíneas el reembolso de comida y alojamiento, recuerda FACUA.

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FACUA-Consumidores en Acción, la organización no gubernamental sin ánimo de lucro dedicada a la defensa de los derechos de los consumidores ha lanzado un comunicado que recuerda que el derecho a asistencia a los pasajeros se mantiene incluso en casos de fuerza mayor como el apagón que paralizó transportes este pasado lunes 28 de abril. 

Los usuarios de trenes y aviones que se vieron afectados por cancelaciones o grandes retrasos debido al apagón de este lunes pueden reclamar a las compañías los gastos en los que incurrieron por comida y alojamiento. Así lo recuerda FACUA- Consumidores en Acción, basándose en los reglamentos europeos que protegen los derechos de los pasajeros tanto en transporte aéreo como ferroviario. 

Aunque la interrupción del servicio se haya debido a una causa de fuerza mayor, como ha sido el caso del fallo tecnológico que afectó a múltiples infraestructuras de transporte, las normativas europeas obligan a las empresas a garantizar asistencia básica a los viajeros afectados. 

Derecho a asistencia en trenes

En el caso del transporte ferroviario, el Reglamento (UE) 2021/782 estable en su artículo 20 que, si en un tren se cancela o se sufre un retraso de al menos 60 minutos, la empresa operadora debe promocionar gratuitamente comida y bebida adecuada, alojamiento si es necesario, y transporte entre la estación y el lugar de hospedaje. 

Estas obligaciones se mantienen independientemente del motivo de la interrupción, siempre que sea físicamente posible prestar dicha asistencia. 

La asistencia por parte de las aerolíneas

En cuanto al transporte aéreo, el Reglamento (CE) nº 261/2004 recoge derechos similares en su artículo 9. Las aerolíneas están obligadas a ofrecer comida, refrescos, alojamiento en hotel, si corresponde, y traslado entre el aeropuerto y el alojamiento cuando se producen cancelaciones o grandes retrasos. 

FACUA puntualiza que, en estos casos concretos derivados del apagón, los pasajeros no tienen derecho a una compensación económica adicional por daños como la pérdida de vuelos de conexión. No obstante, sí pueden exigir reembolso de gastos de primera necesidad cubiertos inicialmente por su cuenta si no fueron cubiertos en un principio por la aerolínea. 

Compensación adicional en el transporte ferroviario

A diferencia del transporte aéreo, el reglamento europeo de transporte ferroviario sí contempla el derecho a compensación económica incluso cuando el origen del retraso o cancelación es una causa de fuerza mayor. Dependiendo del tipo de tren y la duración del retraso en la llegada del destino, se pueden aplicar devoluciones parciales del importe del billete. Además, si el usuario decide no aceptar la reubicación en otro tren, tiene derecho a recibir el reembolso íntegro del billete. 

Por su parte, FACUA anima a los usuarios a conservar facturas y billetes, y a presentar sus reclamaciones ante las compañías o, si procede, ante las autoridades de consumo correspondientes.

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